Lic. Andrea Pérez, especialista en sostenibilidad, Directora asociada AG Sustentable.
Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) han dado luz verde a la Directiva CSDDD (Directiva de Debida Diligencia sobre Sostenibilidad Corporativa), que establece la obligación para las organizaciones, tanto dentro como fuera de la UE, de aplicar la debida diligencia en materia de medio ambiente y derechos humanos en todas sus operaciones, filiales y cadenas de valor.
Con los cambios de última hora, se ha reducido el alcance de la Directiva. Originalmente, se aplicaría a empresas con 500 empleados, pero ahora se extiende a aquellas con más de 1.000 empleados en promedio. Del mismo modo, el umbral de facturación se ha aumentado de 150 millones de euros a 450 millones de euros. Además, se han excluido algunas actividades sujetas a debida diligencia, como la eliminación de productos.
El texto acordado por el Consejo el viernes 15 de marzo deberá ser aprobado por el Parlamento Europeo. Una vez aprobada por éste, los Estados miembros tendrán que transponer la Directiva a su legislación nacional.
A pesar de los ajustes finales, esta normativa se posiciona como un punto de referencia internacional para la conducta empresarial responsable. Establece un conjunto común de normas que canalizan las energías empresariales hacia el desarrollo sostenible.
(Texto original de la ley: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2022-81871)
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